La Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo informa que existe un nuevo programa de tramitación telemática registral para la realización del procedimiento de constitución de la sociedad cooperativa andaluza. A lo que se une el hecho de que ya no sea necesaria la escritura notarial que, con la ley de sociedades cooperativas andaluzas, es opcional y sólo obligatoria en los supuestos en que se aporten bienes inmuebles al capital social o cuando se trate de bienes muebles gravados con cargas reales.
Otra de las novedades importantes es la posibilidad de que las Unidades Registrales de Cooperativas puedan recabar directamente de las notarías los documentos notariales necesarios para la tramitación del expediente. Esto puede llevarse a cabo gracias a un sitio web que une al grupo de profesionales notariales de Andalucía con el nuevo programa de tramitación telemática de las cooperativas andaluzas. Para recabar estos datos, la persona interesada deberá haber consignado en la solicitud su consentimiento expreso al efecto.
AndalucíaEScoop viene reclamando a responsables de la consejería para fomentar el cooperativismo en la comunidad y acabar con disfunciones de los sistemas tradicionales que se pueden solventar con las nuevas tecnologías.
Toda la información de las posibilidades del sistema implantado por la Junta de Andalucía la puedes consultar en el siguiente enlace: